Canal de denuncias
Según los requerimientos de la Directiva Europea 2019/1937 relativa a la protección al denunciante, se establece la necesidad de implantar un canal interno de comunicación en todas las empresas con mas de 50 empleados.
Para ello se deben garantizar que las identidades de los denunciantes permanezcan de forma confidencial, ya que esto es esencial para evitar represalias.
El canal de comunicaciones debe estar protegido y seguro.
Todos los datos personales deben ser tratados de acuerdo con el RGPD.
– Plazos de respuesta al denunciante: Respuesta inicial en un máximo de 7 días. El denunciante debe ser informado sobre las medidas adoptadas, el estado de la investigación interna y el resultado de la misma en un plazo máximo de 3 meses.
Se debe informar a las partes interesadas sobre las opciones de presentación de documentos. La información debe ser fácil de encontrar y entender. Esto también se aplica a terceras partes, como proveedores, socios comerciales y proveedores de servicios.
Descargue el documento informarivo:
Descargue la directiva Europea:
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